Tramites y Servicios

 

Dirección de Tránsito

LICENCIA PROFESIONAL.-


Tener como mínimo 20 años de edad.-
Acreditar haber estado en posesión de la licencia clase B durante dos años.-
Aprobar los cursos teóricos y prácticos que impartan las escuelas de conductores profesionales debidamente reconocidos por el Estado y,
Acreditar, en caso de la clase A-3, haber estado en posesión, durante a lo menos dos años, de la licencia clase A-2 o clase A-1. Tratándose de la clase A5, los postulantes deberán acreditar haber estado en posesión, durante a lo menos dos años de a licencia clase A-4.-

b.- Clase B.- Tener como mínimo 18 años de edad.-
Excepcionalmente, se podrá otorgar esta licencia a postulantes que sean mayores de 17 años, que hayan aprobado un curso en una escuela de conductores, debida y expresamente autorizados por sus padres, apoderados o representantes legales.
Dicha licencia excepcional solo habilitará para conducir acompañado, en el asiento delantero, de una persona que sea poseedora de una licencia que lo habilite para conducir los tipos de vehículos motorizados para la clase B cuya vigencia, a la fecha e control, tenga no menos de 05 años de antigüedad. Cumplidos los 18 años de edad, este último requisito se extinguirá por el solo ministerio de la Ley. La licencia será de duración indefinida y mantendrá su vigencia mientras el titular reúna los requisitos y exigencias que señala la ley.-
Ser egresado de enseñanza básica.-

c.- Clase C.- Tener como mínimo 18 años de edad, y ser egresado de enseñanza básica.-

d.- Clase D.- Tener como mínimo 18 años de edad.-
Saber leer y escribir.-
Acreditar conocimientos y práctica en el manejo de los vehículos o maquinarias especiales de que se trate.-

Clase E.- Tener como mínimo 18 años de edad, y Saber leer y escribir.-

Clase F.- Tener como mínimo 18 años de edad, y aprobar los respectivos cursos institucionales.-