Tramites y Servicios

 

Dirección de Tránsito

PERMISOS DE CIRCULACIÓN:

1. IMPUESTO POR PERMISO DE CIRCULACIÓN.-

El impuesto por Permiso de Circulación, debe pagarse por el dueño de los vehículos en la municipalidad de su elección, previo cambio, cuando proceda, de la inscripción en el registro de permisos de circulación, de conformidad con el Art. 21 del decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y con el decreto Nº 11,de 2007, del Ministerio del Interior, que aprueba el Reglamento sobre Registro Comunal de Permisos de Circulación, modificado por el decreto  Nº 231, de 2008, de la misma Secretaria de Estado.-